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Nuevamente un derrame de petróleo en la Amazonía peruana

En esta ocasión en el distrito de Nieva, en Condorcanqui, afectando a la comunidad de Tayuntsa. Como ya ocurrió este año en el distrito de Imaza, en Bagua; en el río Chiriaco en el Marañón o el que se produjo en la localidad de Mayuriaga, en la provincia de Datem del Marañón en Loreto.

En esta ocasión, Petroperú ha confirmado la noticia y ha anunciado que ya está ejecutando un plan de contingencia. Las comunidades amazónicas ya saben en qué consisten estos planes y también saben perfectamente que esta es una historia que se repite una y otra vez, frente a la indiferencia de las empresas y las autoridades.

Cuando una autoridad o un funcionario de Petroperú sale a declarar que se van a aplicar sanciones drásticas y que los daños van a ser controlados, las poblaciones tienen motivos de sobra para desconfiar.

En medio de esta noticia, el presidente de Perupetro, Rafael Zoeger Núñez, ha señalado que “Hay que revisar la norma para que se permita explorar y explotar en áreas reservadas”. “Con cambios apropiados en la legislación ambiental vigente las empresas podrían realizar exploración petrolera en seis meses”.

De ripley y al mismo tiempo altamente preocupante.

Foto referencial

Ver también artículo: Perú el nuevo y previsible derrame

Institucionalidad ambiental debilitada

Según el artículo 19º de la Ley 30230 se estableció que ante una infracción el OEFA, recurra primero a medidas correctivas, y si estas no se cumplían, recién podría sancionar. Esta medida sería aplicada sólo durante 3 años, que corren desde el 13 de julio del 2014.

Cabe resaltar que los accidentes ambientales previos no pudieron ser ‘castigados’ con severidad, al menos no por el OEFA, debido a que este ente tenía funciones limitadas a la corrección. Con la sanción se intenta disuadir y desincentivar las infracciones, evitar que estas sucedan o se repitan. Sin embargo, la medida correctiva no sancionar ni castiga, sino que busca revertir un escenario donde se ha generado daño o riesgo ambiental. En conclusión, sólo determina cómo corregir el daño, más no condenarlo en sí.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN fue el encargado de multar a la empresa con más de 12 millones de soles por no haber adecuado sus instalaciones para mantener la integridad del oleoducto, ante los sucesos a inicios de año. Aun así, se presenta este mes un accidente tan grave que despierta suspicacias respecto a la inactividad que aparentemente mantenía el oleoducto.

¿Cómo regular las actividades extractivas? ¿Cómo preservar los recursos naturales, ecosistemas y bienestar de la población si no se puede tener mayor injerencia ante casos como este? La historia parece repetirse una vez más, sin darle un merecido final. Y, sobre todo, sin identificar a que entidad podrá ‘obedecer’ Petroperú.

Prevención de accidentes ambientales

¿Cuántos accidentes más se deben presentar para replantear las políticas de extracción aplicadas por Petroperú? ¿Cuánto más debe sacrificarse el ecosistema amazónico y sus comunidades para detener esta actividad tan nociva?

Tan solo en los últimos 5 años, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA ha registrado 20 emergencias ambientales significativas relacionadas directamente con el Oleoducto Norperuano. Si bien la empresa cuenta con un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), el documento está desactualizado y no considera la adecuada evaluación de los impactos asociados a la actividad de transporte de ductos, ni las medidas apropiadas de mitigación y manejo ambiental aplicables para contrarrestar dichos impactos. Es por ello que, dentro de otras falencias, parte de sus instalaciones y procesos han devenido en obsolescencia, siendo focos significativos de emisión de contaminantes. Entre los principales incumplimientos sancionados por OSINERGMIN figuraban: no instalar soportes en el Ramal Norte del Oleoducto, no contar con el estudio de riesgos de la operación del ducto ni el manual de seguridad respectivo y no elaborar los planos requeridos que detallan los cruces de agua (ríos principales y secundarios).

Pero al margen de contar o no con guías internas e internacionales, la prevención recae en no realizar acciones u omisiones contrarias al cumplimiento de las leyes vigentes. Ello se viene pasando por alto y se ha vuelto una práctica recurrente que es minimizada a toda costa al realizar un balance económico pernicioso y sesgado donde se termina justificando la actividad extractiva como necesaria, ‘productiva’, beneficiosa a nivel país. Igualmente las medidas correctivas no son asumidas con la seriedad necesaria, siguen las operaciones y se presentan nuevos accidentes ambientales, como lamentablemente, lo ejemplifica Petroperú con el Oleoducto Norperuano.

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